martes, 27 de mayo de 2014




















AUTOBIOGRAFÍA


Mi nombre es Elington Antonio Vélez Parraga, tengo 22 años de edad, nací en la ciudad de Chone, provincia de Manabí, el 24 de Mayo de 1992, pero he vivido la mayor parte de mi vida  en el Cantón Santa Rosa, de la provincia de El Oro, junto a mi madre, abuela, hermanos y familiares secundarios.
Realice mis estudios primarios en la Escuela Fiscal Mixta “Gaudencio Vite Ortega”, localizada en el barrio Teniente Hugo Ortiz,  y los secundarios en dos instituciones: desde el primer año hasta cuarto año en el Colegio Técnico “Demetrio Aguilera Malta”, luego terminé mis estudios secundarios en el Colegio Zoila Ugarte De Landívar, graduándome en la especialidad de ciencias Químicas Biológicas en febrero del 2010.
Soy amante del arte, en especial de la música, por lo que pertenezco al coro universitario UTMACH.
Actualmente curso el Quinto año de Bioquímica y Farmacia en la Facultad de Ciencias Químicas y de la Salud de la Universidad Técnica de Machala teniendo como meta concluir con satisfacción mis estudios de tercer nivel y proyectarme en la vida como un excelente profesional que continúe educándose, para adquirir un título superior.

A futuro me planteo trabajar en una industria farmacéutica, cosmética o de alimentos.



PRÓLOGO

La legislación farmacéutica es una catedra que se imparte con el fin de que los estudiantes, es decir nosotros, aprendamos lo básico que dicta la constitución tanto en derecho como en deberes que debe cumplir o exigir un bioquímico al laborar como profesional.

En la catedra se hace mucha referencia la ley orgánica de la salud pues es la que todo bioquímico farmacéutico y otros profesionales de la salud deben conocer para desempeñar así sus roles de forma adecuada evitando infringir dicha ley.

La legislación farmacéutica se orienta principalmente a garantizar que estén disponibles medicamentos eficaces e inocuos de buena calidad, y que se suministre información correcta acerca de ellos. A esos cometidos se atiende en las leyes sobre medicamentos, las disposiciones normativas sobre farmacia y los reglamentos farmacéuticos. El organismo de reglamentación farmacéutica es el órgano ejecutor.
Existen además otras leyes y reglamentos que pueden respaldar la aplicación de la política farmacéutica nacional, tales como los que apoyan la sustitución por genéricos, los relativos a patentes y derechos de propiedad intelectual y las leyes tributarias. En algunos países existen leyes y reglamentos que rigen las prácticas de prescripción y dispensación para asegurar un uso apropiado de los medicamentos. En el cuadro 2 se enumeran los aspectos más importantes de una política farmacéutica nacional que requieren apoyo legislativo y reglamentario.

AGRADECIMIENTO

Mis agradecimientos son a mi madre ya que sin su esfuerzo y dedicación no sería la persona que soy y a Dios que cada día nos otorga valor para seguir adelante.
También agradecer al Dr. Carlos García ya que su ayuda y motivación ha sido esencial, cada vez impulsándonos a aprender más, fomentándonos la investigación, lo cual lo hace un excelente maestro.
           
                                                                                                              
                                                                             


DEDICATORIA

Dedico este trabajo a mis familiares ya que por ellos es que cada día me levanto con valor para continuar, también se lo dedico a la memoria de mi amada abuela.


















 LA LEY


DEBERES DEL ESTADO
DERECHO
Definiciones:
-          Es la facultad de hacer o exigir lo que la ley establece a nuestro favor.
-          Conjunto de principios y reglas a que están sometidas las relaciones humanas.
-          Conjunto de normas reguladoras de la actividad de la administración pública.

Clasificación del Derecho
·         Derechos de libertad, llamados también derechos del hombre.
·         Derechos sociales
·         Derechos políticos
·         Derechos administrativos



-          Derechos de Libertad

Los derechos del hombre constituyen la esfera de libertad que se encuentra protegida por la obligación que el estado se impone al abstenerse de ejecutar cualquier acto que lo obstruya.
Frente a estos derechos hace algún tiempo el estado y consecuentemente la administración, quedaba reducidos a una actividad limitada, la de mantener el orden para evitar que el derecho e uno, entre en conflicto con el derecho de os otros.


-          Derechos Sociales

La acción positiva de la que hablamos al tratar  los derechos de libertad es la que da origen practico a los llamados derechos sociales, en virtud de los cuales se recibe del estado presentaciones o beneficios creados para la sociedad, en especial a aquellas clases sociales que se encuentran en condiciones desfavorables en la lucha económica, también las que protegen y dan seguridad al individuo en sus relaciones de trabajo y en su situación económica, física, intelectual y moral.
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      Derechos Políticos

Se define como el poder de los individuos, en su carácter de miembros del estado, con una calidad especial, la de ciudadanos, para intervenir en las funciones públicas o para participar en la formación de la voluntad del estado.


-          Derecho administrativo

Estos derechos, a diferencia de los derechos de libertad, tienen un contenido mayormente positivo. En el desarrollo normal de la actividad administrativa, esta clase de derecho están comprendidos en ella todos los que tienden a obtener, una prestación especifica del Estado.
Como lo que ocurre con el sueldo o con la pensión del empleado público; los que tiene por objeto la realización de actos jurídicos como lo son el otorgamiento de permisos o autorizaciones para el aprovechamiento de los bienes públicos exclusivamente.
En la Constitución Política del país en su artículo 23, el estado reconoce los siguientes derechos civiles:
·         El derecho a disponer de bienes y servicios, públicos y privados, de óptima calidad.
·         La inviolabilidad de la vida. No hay pena de muerte.
·         La integridad de la persona. Se prohíbe las penas crueles, las torturas y todo procedimiento inhumano.
·         La libertad de trabajo. Ninguna persona podrá ser obligada a realizar un trabajo gratuito o forzoso.
·         La igualdad ante la ley. Todas las personas están consideradas iguales y gozaran de los mismos derechos, libertades y oportunidades.
·         El derecho a la libertad de opinión y de expresión del pensamiento en todas sus formas.
·         La inviolabilidad de domicilio.
·         La inviolabilidad y el secreto de la correspondencia.
·         El derecho a una calidad de vida que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, saneamiento ambiental; educación, trabajo, empleo, recreación, vivienda, vestido y otros servicios sociales necesarios.
·         El derecho a vivir en un buen ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación.


LA LEY


Nuestro Código Civil en su artículo 1, nos da el concepto de ley, diciendo que “es una declaración de voluntad soberana que, manifestada, en la Constitución Política del Estado, manda, prohíbe o permite”. De acuerdo con esta definición general y por analogía las leyes administrativas son:
·         Imperativas
·         Prohibitivas
·         Permisivas.

CLASIFICACIÓN
-          Leyes impositivas
Son aquellas que el Estado impone al ciudadano ecuatoriano de una manera obligatoria. Asi el Derecho Administrativo, manda por ejemplo, al prestar caución al favor del Fisco, al los funcionarios y empleados del sector público, encargados de la recepción, control, custodia e inversión de los fondos públicos.

-          Leyes prohibitivas
Son aquellas que prohíben determinados actos, que atentan contra el orden público, la moral y las buenas costumbres. Así el derecho administrativo prohíbe recibir coimas, el peculado o el soborno de los funcionarios públicos.

-          Leyes permisivas
Son aquellas, que no ordena y me prohíben hacer algo, sino que simplemente conceden facultades para que las personas ejecuta en determinados actos, como por ejemplo, el derecho de la libre asociación para formar empresas, qué en el ecuador toma el nombre de Fundaciones, Partidos Políticos, Ongs, Corporaciones “sin fines de lucro” y otras que manejan fondos públicos y privados.


CARACTERÍSTICAS DE LAS LEYES

Las características de las leyes administrativas son:
·         Generales
·         Permanentes
·         Impersonales
·         Conocidas por todos los ecuatorianos
-          La ley es general
Es decir, la ley es para todos los ciudadanos sin excepción de persona alguna, de status o de clase social, corbata, cuello blanco, raza, religión, milicia. Es decir, "la ley, no sólo rige para los de poncho, sino para toda la idiosincrasia-ecuatoriana"

-          La ley es permanente
La ley es estable en el tiempo, y que solo deja de tener vigencia, cuando se la derogue expresa o tácitamente. En el Ecuador, el caos jurídico ocurre cuando se viola la Norma Constitucional, con leyes de inferior categoría jurídica a discrecionalidad del aplicador o sector de poder económico y político, y a vista y paciencia de los organismos del Ministerio Publico y de control de recursos del Estado.
-          La ley es impersonal
Es decir, que la ley no está dedicada a persona alguna, sino al colectivo social.

-          La ley es conocida por todos
La norma general es que “la ignorancia de la ley no excusa a persona alguna”, principio jurídico que señala claramente que ninguna persona puede aducir incumplimiento a la ley por desconocimiento dela misma.

-          Leyes orgánicas y ordinarias
Según el Art. 142 de la Constitución Política del Ecuador, las leyes serán orgánicas y ordinarias.


LEYES ORGÁNICAS
Serán leyes orgánicas:
1. Las que regulan la organización y actividades de las Funciones Legislativas, Ejecutiva y Judicial.
2. Las relativas al régimen de partidos.
3. Las que regulen las garantías de los derechos fundamentales y los procedimientos para su protección. 4. Las que la constitución determine que se expidan con este carácter. Las leyes orgánicas serán aprobadas, reformadas, derogadas o interpretadas por mayoría absoluta de los integrantes del Congreso Nacional


LEYES ORDINARIAS: Todas aquellas leyes que no se establecen en los aspectos anteriores. Una ley ordinaria no podrá modificar una ley orgánica ni prevalecer sobre ella, ni siquiera a título de ley especial.






ANEXOS



                                      
  video: La ley como fuente del derecho- educatina-29-07-2013
  fuente: https://www.youtube.com/watch?v=-yRRQ_ZES8o




La ley from Elington velez




LEY ORGÁNICA DE SALUD-ECUADOR















ESTATUTOS DEL ECUADOR









LEYES Y NORMAS PARA ESTABLECER UNA INDUSTRIA FARMACEUTICA













DEMOSTRACIÓN DEL ARTICULO 25 DEL CAPITULO DE DISPENSACIÓN Y EXPENDIO DE MEDICAMENTOS, PRESENTE EN LA LEY ORGÁNICA DE SALUD-ECUADOR MEDIANTE UN SKETCH








SEGUNDO TRIMESTRE


TRIPTICO ENTREGADO EN EL TRABAJO DE EXPOSICION

LEY DE PSICOTROPICOS Y ESTUPEFACIENTES

LEY DE PSICOTROPICOS Y ESTUPEFACIENTES 








BIBLIOGRAFIA


- FEIJOO,L- Legislación Farmaceútica- LA LEY-UTMACH-El Oro-Ecuador- Pag 21-23

- MEDICAMENTOS ESENCIALES Y PRODUCTOS DE SALUD-en linea
disponible en: http://apps.who.int/medicinedocs/es/d/Js5410s/4.3.2.html